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Ministerio de Justicia

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Objetivos

El RUV debe identificar por nombre a las víctimas del proceso de violencia que, de manera individual, grupal o comunitaria, tienen derecho a ser beneficiarias de las reparaciones contempladas en el Plan Integral de Reparaciones (PIR).  

El RUV, además, debe:

Unificar, centralizar y organizar la información existente de las víctimas del proceso de violencia.

Identificar quiénes son las víctimas y beneficiarios individuales.

Identificar los beneficiarios colectivos, es decir, las comunidades afectadas y a los grupos organizados de desplazados de desplazados -asentados en sus lugares de reinserción- y evaluar su grado de afectación.  
Facilitar el registro y calificación de víctimas no registradas.
Proveer información de base para el diseño, seguimiento y evaluación de las acciones del Estado en materia de reparaciones.
 
 Solicitudes Recibidas no Inscritas
 Libro 2-víctimas colectivas
Modulos de Atención
Inscripción y Entrega de Certificados
Lima Calle Coronel Odriozola Nº 148 (altura de la cuadra 32 de la avenida Arequipa), San Isidro
Lima Jr. Lampa 154 Cercado de Lima. Edificio "Casa de las 13 puertas" (frente a la Iglesia San Francisco)
  Telf. 01-4262019
Reunión del Consejo de Reparaciones con representantes de organizaciones de víctimas de la violencia. 2007
Más Imágenes
 
Derechos Reservados Consejo de Reparaciones | Arnaldo Panizo 375, Pueblo Libre, Perú | Telf: 463-1307